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Reconocimiento y transferencia de créditos

Última modificación
Jue , 03/11/2022 - 08:59

Sistema de transferencia y reconocimiento de créditos


No se realizará reconocimiento de créditos cursados en enseñanzas superiores oficiales no Universitarias ni las correspondientes a Títulos propios.

La experiencia laboral y profesional debidamente acreditada podrá ser reconocida en forma de créditos prácticos que computarán a efectos de la obtención de un Título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho Título. El número de créditos reconocidos no podrá ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios (13,5 ECTS).

Las competencias que se reconocen con este procedimiento hacen referencia a las competencias básicas, transversales y específicas correspondientes a la asignatura de Prácticas externas.

Como establece la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio de 2013, los estudiantes matriculados en el Máster que hayan superado el primer año de formación al que se accede por la superación de la prueba selectiva anual para el acceso a la Formación Sanitaria Especializada (PIR), se les reconocerá por las universidades los créditos correspondientes a las prácticas externas que tengan pendientes de realizar.

Solicitud de reconocimiento y transferencia de créditos

Solicitud de reconocimiento de prácticas