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Seguros

Última modificación
Mié , 22/07/2020 - 08:44

Seguro escolar obligatorio

Todos los estudiantes españoles menores de 28 años, que cursen, en España, estudios universitarios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.) hasta el final de tercer ciclo universitario (estudios de primer y segundo ciclo, Grado, Máster Universitario y Doctorado), así como los que realicen prácticas en empresas.

Quedan, asimismo, incluidos en el ámbito protector de este seguro, los estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) y, en general, todos los estudiantes extranjeros residentes en las mismas condiciones que los españoles, siempre que cursen los citados estudios en España y hasta la edad de 28 años.

El seguro escolar es obligatorio y lo abonarán junto con la matrícula todos los estudiantes menores de 28 años que cursan estudios oficiales en la Universidad de Zaragoza.

Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar la residencia legal en España con la "tarjeta de extranjero".

En Aragón, si no se tiene cobertura sanitaria con la seguridad social, puede solicitarse tarjeta sanitaria por seguro escolar.

Más información

Seguro de responsabilidad civil

Con el pago de su matrícula, los estudiantes de la Universidad de Zaragoza se encuentran cubiertos por un seguro de responsabilidad civil, tanto si realizan sus estudios en la misma o mediante estancia de movilidad en otras universidades, con las excepciones territoriales que figuran en la correspondiente póliza.

Más información

Seguro de accidentes

Todos los estudiantes mayores de 28 años no están cubiertos por el seguro escolar, por lo que deben suscribir un seguro de accidentes.

La contratación del seguro es responsabilidad y obligación del estudiante debiendo hacerlo directamente y aportar copia de la póliza o del recibo de contratación en la secretaría del centro, junto con el resto de la documentación de la matrícula.

Más información

Prácticas externas en centros escolares o empresas

Se reconoce la prestación del seguro escolar a los estudiantes que realizan prácticas en empresas, siempre que se trate de prácticas autorizadas u organizadas por el centro docente y no constituyan relación laboral o actividad que pueda dar lugar a su inclusión en algún régimen del Sistema de la Seguridad Social.

Estudios o prácticas en el extranjero

No cabe extender el ámbito de protección del seguro escolar a aquellos periodos de realización de estudios o prácticas en el extranjero.

Del mismo modo en los distintos programas de intercambio de la Unión Europea, los alumnos que cursen estudios oficiales deberán proveerse de la tarjeta europea sanitaria en la Seguridad Social, siempre que ostenten la condición de titulares o beneficiarios de asistencia sanitaria en la misma.

Movilidad de estudiantes

Estudiantes “Out”

Abonarán el seguro escolar junto con su matrícula. En caso de estudiantes del programa Erasmus+, deberán solicitar la tarjeta europea sanitaria, si tienen derecho a ella. Para estudiantes que vayan a países fuera de la Unión Europea deberán informarse del seguro necesario en la oficina de Relaciones Internacionales de la Facultad.

Estudiantes “In”

Todos los estudiantes extranjeros procedentes de la Unión Europea que traigan consigo el impreso E-111, E-128 (dependiendo del país de origen) o la tarjeta sanitaria europea tendrán cobertura sanitaria en España durante toda su estancia y podrán ser hospitalizados y atendidos por médicos de la Seguridad Social de forma gratuita.

Aquellos estudiantes que no pertenezcan a países de la Unión Europea deberán suscribir un seguro médico privado que les proporcione cobertura sanitaria adecuada durante su período de estudios en España.

Una vez en España, los estudiantes procedentes de la Unión Europea deberán acudir a un centro de salud de la Seguridad Social con el formulario E-111, E-128 o la tarjeta sanitaria europea donde les asignarán un médico general.

Los estudiantes que no pertenezcan a países de la Unión Europea deberán informarse en su país de origen de los hospitales y centros de salud con los que su compañía aseguradora tiene acuerdos en España. Generalmente, en este último caso, el estudiante corre con los gastos sanitarios y posteriormente solicita el reembolso de los mismos a su compañía de seguros.