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Prácticas escolares II. Primaria

Última modificación
Mié , 11/05/2022 - 12:06
Las prácticas escolares constituyen un recurso formativo para el aprendizaje de la práctica profesional. La importancia de las prácticas escolares se refuerza ante la complejidad del contexto socio-educativo actual. Las exigencias y necesidades que se derivan del contexto de globalización, de trabajo colaborativo, de aprendizaje a lo largo de la vida o del incremento de la inmigración, entre otros aspectos, hacen de esta materia un núcleo de especial interés para conocer las necesidades de cambio que se perfilan en la realidad de la escuela.

El contacto con la realidad escolar concreta constituye una fuente de conocimiento experiencial que facilitará al estudiante la interacción con la escuela y la reflexión sobre la misma.

Requisitos

El Reglamento de Prácticas Escolares, en su artículo 3.2. establece que: "Según la memoria de verificación, para poder matricularse en las Prácticas Escolares de un determinado curso, el estudiante deberá haber superado, al menos, el 70% de los créditos de los cursos anteriores, incluidos los créditos de las materias de Prácticas Escolares correspondientes a dichos cursos. Además, para poder cursar las Prácticas Escolares de cuarto curso vinculadas a una mención, el estudiante deberá haber superado, al menos, 12 créditos de la mención elegida".

Por lo tanto, para poder cursar las Prácticas Escolares II el alumno deberá tener superados 84 créditos o más.

Prelación

La elección de plazas por los estudiantes que cursen Prácticas Escolares II se llevará a cabo siguiendo el orden establecido en el listado de prelación, el cual se elaborará mediante la aplicación consecutiva de los siguientes criterios:
 
1. Se ordenará a los estudiantes por intervalos en función del número de créditos superados y dentro de cada intervalo según la mayor nota media del expediente académico. Los intervalos serán los siguientes:
 
Intervalo 1: Estudiantes que han superado 120 créditos o más.
Intervalo 2: Estudiantes que han superado entre 108 y 119,5 créditos.
Intervalo 3: Estudiantes que han superado entre 96 y 107,5 créditos.
Intervalo 4: Estudiantes que han superado entre 84 y 95,5 créditos.
 
Para aplicar este criterio se tendrá en cuenta la nota media que conste en el expediente académico de los estudiantes después de la convocatoria de septiembre del curso anterior a aquel en el que el estudiante se ha matriculado en la asignatura.
 
2. En caso de empate respecto a los dos criterios anteriores, se resolverá considerando la letra inicial del primer apellido, establecida por la resolución ministerial que cada año fija el orden a respetar en concursos y oposiciones.
 
3. Una vez publicada la lista de prelación, que será provisional, se abrirá un periodo de alegaciones a las listas de 3 días, durante el cual aquellos alumnos que consideren que la lista de prelación provisional contiene errores puedan reclamar.
 
Para ello, deberán aportar la documentación acreditativa de dicho error (expediente académico personal). Una vez finalizado el plazo de alegaciones a la lista de prelación provisional, se publicará la lista definitiva de prelación, ante la cual no cabrá recurso alguno.

Adscripción de las plazas escolares para la realización de las prácticas

La adscripción de los estudiantes a las plazas ofertadas por los Centros de Prácticas se llevará a cabo en sesión telemática, convocada por el Decanato, instancia que regulará el procedimiento de elección de las plazas. La resolución con la adjudicación de plazas será publicada en los siguientes tres días lectivos. 
 

De las resultas del proceso telemático de adscripción se publicará una lista con la resolución provisional de adjudicación a los Centros Escolares. Sobre esta lista se abrirá un periodo de alegaciones de 3 días, durante el cual, los alumnos que consideren que haya un error podrán realizar las reclamaciones que consideren oportunas. A la finalización de dicho plazo se publicará la lista definitiva de adscripción a los Centros Escolares en el plazo máximo de 3 días lectivos. Contra la lista de resolución definitiva de adjudicación de plazas no cabrá recurso alguno.

Los alumnos tienen la obligación de participar en el proceso de elección y adscripción de plazas para la realización de Prácticas Escolares. A aquellos alumnos que, por cualquier motivo, no participen en el proceso de elección, se les será asignada una plaza por oficio, no pudiendo el alumno renunciar a la misma o solicitar otra plaza distinta de la adjudicada por oficio. 

La adjudicación de plazas en Zaragoza y Huesca se realizará después de la comunicación de plazas disponibles por parte de los coordinadores de Magisterio de Zaragoza y Huesca. En el caso de que se haya solicitado realizar las prácticas en Zaragoza o en Huesca, no se podrá optar a las plazas de Teruel. Una vez que se haya adjudicado una plaza, no se podrá renunciar a la misma. 

IMPORTANTE: En el supuesto de que una vez comunicada la adjudicación de plazas realizada por los alumnos, a los Centros Escolares, éstos o los tutores de centro, comunicasen a la Universidad de Zaragoza, la renuncia a la tutorización del alumno asignado, los responsables del proceso de adjudicación de Prácticas Escolares, asignarán por oficio una nueva plaza para la realización de dichas prácticas, con la mayor celeridad posible, no pudiendo el alumno renunciar a la misma o solicitar otra plaza distinta de la adjudicada por oficio. 

En el caso de que algún Centro Escolar ofreciera una nueva plaza una vez publicada la oferta para realizar las diferentes Prácticas Escolares o una vez efectuada la adjudicación de plazas en Centros Escolares a los alumnos, estás nuevas plazas quedarán en reserva y a disposición de la Coordinación de Prácticas para poder ofrecerlas ante cualquier situación que se pudiera dar de las contempladas en el párrafo anterior. Los alumnos no podrán reclamar para sí la adjudicación o el cambio a éstas nuevas plazas.

Condiciones para la elección de plazas de prácticas en centros escolares

  • No se podrán realizar las practicas con familiares de hasta tercer grado como maestros tutores.
  • No se podrá contactar con los centros educativos, ya sea de forma directa o de forma indirecta a través de un tercero, antes de comenzar las prácticas escolares, para solicitar información de las plazas, así como solicitar a los maestros de manera personal una plaza de prácticas.

Procedimiento de elección de centros escolares
 
Se traslada a la carpeta de la asignatura en Moodle.