Compensación curricular
Por Acuerdo de 23 de diciembre de 2010 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, se aprobó el "Reglamento de Normas de Evaluación del Aprendizaje de la Universidad de Zaragoza".
- Se solicitará una sola vez.
- Máximo a compensar 1 asignatura obligatoria (de 1º, 2º y 3º).
- No será aplicable a las asignaturas optativas, al prácticum o al Trabajo fin de Grado.
- Es necesario haberse examinado de la materia a compensar en 2 convocatorias, en diferentes cursos.
- La asignatura a compensar tiene que estar matrículada y calificada, con nota distinta de cero, en la convocatoria en que se solicita la compensación.
- Para el cálculo de la nota media no computan las asignaturas optativas ni las asignaturas de prácticas.
- Hay que tener el 50% de los estudios superados en la Universidad de Zaragoza.
Plazo de solicitud: dentro de los 10 días lectivos siguientes a la finalización del plazo de entrega de las actas de la convocatoria en la que se solicita la compensación curricular.
En esta sección incluimos algunas preguntas frecuentes que pueden facilitar la comprensión en el tema de la evaluación por compensación curricular.
También se puede realizar una prueba orientativa del resultado de la aplicación del mecanismo de evaluación por compensación curricular en el expediente de un estudiante, introduciendo los datos que se indican en el fichero al que se puede acceder desde esta página. No obstante conviene inidicar que para que estos cálculos tengan validez deben realizarse con el procedimiento establecido desde las Secretarías de los Centros.